| 2015/01 |
15-09-2015 |
Posibles Irregularidades por Sobreprecio en la Compra de 5 llantas para la Camioneta de Servicios Generales.
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- Se realizó el cruce de información y de acuerdo a confirmaciones obtenidas con el proponente y proveedor se ha confirmado según Nota del 18/09/2015, emitida por Comercial Baffil el precio correcto de las llantas es de Bs.- 720 y no de Bs.- 1730.
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- Se remitio a la SMAF el proceso y documentos adjuntos para que se efectue la anulacion de la factura Nº 7682 y se aplique el pago correcto
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| 2016/02 |
04/03/2016 |
Posibles Indicios de Incompatibilidad de funciones en el Gobiernos Autónomo Municipal de Trinidad.
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- Se elaboró el INFORME CASO D.T.L.C.C. Nº 02/2016 en el cual se recomienda que la unidad legal pertinente determine el tipo de responsabilidad correspondiente en contra de las siguientes personas Isaías Montero Menaco, Adriana Alejandra Rojas Iriarte por incumplimiento a normas legales citadas anteriormente y Arq. Yaskara D. Velasco Melgar, ex directora del SAP del GAMT por no ejercer y dar cumplimientos a normas
- En fecha 09 de agosto de 2017 Autoridad SUMARIANTE se declara decretada la EJECUTORIADA de la Resolución de 28 de julio de 2017
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- El 04 de marzo del 2016 fue presentado al Despacho del Alcalde (Sumariante, hoy en día en la Unidad de Asesoría Jurídica
- La Dra. María Deysi Vaca Pedraza - Autoridad Sumariante en fecha 29 de abril del 2016 realiza el AUTO DE APERTURA PROCESO ADMINISTRATIVO A.P.A. -G.A.M.-STDD Nº 002/2016
- En fecha 29 de agosto de 2016 el Ing. Mario Suarez Hurtado Alcalde Municipal del GAMT, emite el Decreto Edil N° 329/2016 en el cual RESUELVE ART. PRIMERO ANULAR obrados hasta el auto de apertura de proceso administrativo A.P.A. - G.A.M-STDDNº 002/2016, inclusive disponiéndose se dicte nuevo AUTO DE APERTURA de proceso administrativo, dándose cumplimiento a las recomienda Art. segundo Remitir a la Autoridad Sumariante, Una vez que los denunciados sean notificados para su cumplimiento conforme lo que determina el Art. 28 del Decreto Supremo Nº 23318A
- En fecha 19 de junio de 2017 el Dr. Percy A. Solares Chavez-Asesor Legal del GAMT señala; Posteriormente, ,mediante Auto de Nulidad Procesal de 17 de febrero de 2017 se dispone remitir el proceso y anulado y sus antecedentes, a mi persona como nuevo Asesor Legal de la institucion quien hara las funciones de Autoridad Sumariante; Notificados los involucrados con esta serie de actuaciones, se ha dispuesto el inicio y la apertura del Proceso Interno correspondiente de cuyos resultados daremos a conocer oportunamente.
- En fecha 28 de julio de 2018, el suscrito juez sumariante, en virtud de todas las consideraciones expresadas en la presente resolución y en uso de las atribuciones que le reconoce el artículo 21 del D.S Nº 23318-A, modificado por D.S Nº 26237, decreta y establece la ausencia de responsabilidad administrativa de los procesados señores Dr. JORGE ISAIAS MONTERO MENACHO e Ing. ADRIANA ALEJANDRA ROJAS IRIARTE y Arq. YASKARA D. VELASCO MELGAR
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| 2017/10 |
17-04-2017 |
Documentación faltante de los Proyectos de Tanque de Agua de los Barrios; Las Palmas, Tahuichi, Villa Lolita, Virgen del Rosarios, El Recreo, 6 de Agosto y Las Brisas.
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- Mediante Comunicación Interna DSG-359/17 de fecha 10 de agosto del 2017 el ing. Juan Rene Ávila Guillen Solicita se levante la denuncia debido a que no tenía número de preventivo, requisitos necesarios para la búsqueda de documentación de archivos, y en coordinación con la Dirección de Finanzas estos fueron proporcionados y remitidos a la jefatura de archivos.
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- EL INFORME LEGAL Nº 05/2017 de fecha 15 de agosto de 2017 indica que no corresponde abrir causa alguna, toda vez que la Dirección de Finanzas proporciono dicha documentación a la unidad solicitante, por lo que se recomienda archivar el presente caso.
- Caso cerrado (ARCHIVADO) 15/08/2017
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| 2017/09 |
10-04-2017 |
Perdida de Convenio Interinstitucional del Centro de Rehabilitación para Personas Ciegas.
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- Mediante Comunicación Interna S.M.D.H. /92 de fecha 09 de agosto del 2017 la Arq. Wendy Amanda Aguilera Gutiérrez Solicita la Anulación de la Denuncia señalando "que por la falta de tiempo no pudimos reunir toda la información necesaria en su debido momento; sin embargo posteriormente en la búsqueda de otra información se encontró la documentación referida.
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- Caso cerrado (ARCHIVADO) 15/08/2017
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| 2017/08 |
30-03-2017 |
Denuncia sobre posible responsabilidad de administradores de gestiones anteriores.
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- Se elaboró EL INFORME CASO D.T.L.C.C. Nº 8/2017 de fecha 04 de octubre del 2017 en el cual se RECOMIENDA: Que se remita el presente informe a la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad "EMAUT" con el objetivo de que realice un inventario de toda la documentación existente; así mismo se realice la clasificación, foliación y ordenamiento de todos y cada uno de los archivos.
- Iniciar acciones legales que corresponda al Lic. Jimmy Seoane Gutiérrez; por no responder al requerimiento realizado por esta D.T.L.C.C. mediante la nota OF. DIR TyLCC Nº 129/2017 de fecha 18 de septiembre del 2017 que hasta la fecha no se obtuvo ninguna repuesta; de acuerdo a Ley 974
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- El INFORME LEGAL Nº 09/2017 con OF. DIR. T.L.C.C. Nº 135/2017 de fecha 10 de octubre de 2017 recomienda al Ejecutivo Municipal, remita el presente caso a la Gerente General de la Empresa Municipal de Aseo Urbano de Trinidad; para que la misma en un plazo no mayor a 30 días, remita a la D.T.L.C.C. del GAMT el INFORME FINAL determinando con exactitud que documentación no existe. En cuanto a los procesos Adm. y financ. que menciona en su denuncia; toda vez que se detecte que documentación es la faltante para proceder a tomar las acciones legales correspondientes.
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